Artículo 5º—Firma del permiso de
salida de automotores exentos. Los
permisos de salida del país de automotores exentos (formulario EXI-011) serán firmados por la persona
que se acredite debidamente como
beneficiaria o su representante legal ante el Departamento
de Fiscalización y en caso de que el trámite requiera el pronunciamiento previo de un “ente
recomendador”, se deberá cumplir
con el aval de dicha entidad, en el espacio asignado para tal efecto, en el
formulario.
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