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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41772 >> Fecha 05/06/2019 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41772 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—El Ministro de Ambiente y Energía (MINAE), en su calidad de órgano rector del sector forestal, emitirá los actos requeridos para el cumplimiento de lo definido en el artículo 1 de la presente directriz.


 

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