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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41772 >> Fecha 05/06/2019 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41772 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Conforme a lo establecido en Decreto Ejecutivo N° 39310 del 27 de enero de 2015, “Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y Creación del Comité Directivo Nacional de Compras Sustentables”, todas las instituciones de la Administración Central y Descentralizada deberán incorporar dentro de los Planes de Gestión Ambiental Institucional, las acciones pertinentes y necesarias orientadas a la sustitución de productos de una alta huella de carbono, siendo prioritaria la utilización de madera nacional cosechada con el fin de contribuir efectivamente con el Plan Nacional de Descarbonización y la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional de Costa Rica ante la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático.


 

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