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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21 >> Fecha 14/12/1954 >> Articulo 106
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21 - Articulo 106
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Artículo 106
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106

Artículo 106.- La Dirección General establecerá las normas y mecanismos correspondientes para que, con la participación de los ministerios e instituciones, se mantenga actualizada la clasificación de los puestos.

(Así reformado por el artículo 7° del Decreto Ejecutivo No. 22422-MP del 5 de agosto de 1993).

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