Artículo
137.—Gestión de
la Compensación. Actividades
Generales. Este proceso incluye dentro de sus competencias la intervención
en actividades relativas al conjunto de compensaciones retributivas (salariales
y extra salariales) y no retributivas que la organización dispensa a sus
funcionarios por concepto de la prestación de servicios y contribución de éstos
a los propósitos de aquella, reflejada por su relación de trabajo. Bajo este
marco de referencia incorpora, en estricto cumplimiento las políticas,
directrices y lineamientos en materia de desconcentración vigentes y emitidas
por
la Dirección General
de Servicio Civil, según competencias delegadas, actividades como la propuesta
de estructuras salariales (fija, básica u otras), diseño y administración de
retribuciones variables, beneficios extra salariales, administración de
salarios, reconocimientos no monetarios y en general todo aquello que apoye la
definición de políticas que se vinculan a una estrategia de compensación
global.
(Así
adicionado por
el artículo 1°
del decreto ejecutivo N° 35865 del 2 de marzo de 2010)
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