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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21 >> Fecha 14/12/1954 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6° .- El Director General deberá mantener, en sobre cerrado y sellado, que estará en custodia del Tribunal, las bases y el material necesarios para el concurso de oposición para un nuevo Director General, a fin de prevenir el caso de cesación repentina en su cargo.

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