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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21 >> Fecha 14/12/1954 >> Articulo 100
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21 - Articulo 100
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Artículo 100
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100

CAPITULO XI (*)

*Este Capítulo, incluyendo el título fue adicionado por el Decreto Ejecutivo N°. 3 de 15 de febrero de 1956 .

Clasificación de Puestos

Artículo 100.- La Dirección General, con la participación de los ministerios e instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil, mantendrá actualizado el sistema de clasificación de puestos que servirá de base para la valoración de puestos, el reclutamiento y selección, la capacitación y otras áreas de la administración de recursos humanos.

(Así reformado por el artículo 7° del Decreto Ejecutivo No. 22422-MP del 5 de agosto de 1993).

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