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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41986 >> Fecha 18/09/2019 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41986 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3º—Montos a cancelar por los propietarios de vehículos particulares categorías motocicleta y afines. Para el período de pago del seguro obligatorio de vehículos automotores del año dos mil veinte, los propietarios de vehículos particulares categoría motocicleta y afines, deberán cancelar como aporte al Consejo de Seguridad Vial, la suma de cinco mil seiscientos noventa y nueve colones con cero céntimos (¢5.699,00).


 

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