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 Normativa >> Ley 9728 >> Fecha 12/09/2019 >> Articulo 15
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Normativa - Ley 9728 - Articulo 15
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Artículo 15
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CAPÍTULO IV

CONVENIOS Y BENEFICIOS

ARTÍCULO 15- Convenio de matrícula

El centro educativo deberá establecer los requerimientos de los convenios de matrícula para la EFTP dual.

Dichos convenios necesariamente deberán contemplar una cláusula de confidencialidad del estudiante acerca de la información de carácter industrial o comercial a la que tenga acceso durante su etapa en la empresa o centro de formación para la empleabilidad.


 

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