ARTÍCULO 28- Autorización para otorgar becas
Se autoriza a todas las instituciones públicas, que ofrezcan becas o
administren fondos para tales fines, para que otorguen ayudas o subsidios a los
estudiantes que cursen programas de EFTP dual acreditados por el Instituto
Nacional de Aprendizaje (INA), en cualquier centro educativo público o privado,
para cubrir lo referente al costo del programa.
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