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 Normativa >> Reglamento 31 >> Fecha 03/06/2019 >> Articulo 29
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Normativa - Reglamento 31 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29.—Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los miembros del Consejo con derecho a voto, excepto en los casos señalados en el presente reglamento.


 

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