TRANSITORIO I- Para la Administración central, la Dirección General del
Servicio Civil deberá aplicar el proceso para realizar traslados horizontales,
en el plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la presente ley.
Respecto a los traslados entre instituciones bajo el ámbito de la
Autoridad Presupuestaria, deberán aplicarse en el plazo de un mes, a partir de
la entrada en vigencia de esta ley.
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