TRANSITORIO II- A partir de la publicación de la presente ley, las
personas trabajadoras tendrán un término de un mes para escoger y solicitar,
formalmente, una de las modalidades señaladas en los artículos 3, 4 u 8 de esta
ley. Vencido este plazo, Japdeva quedará obligada a iniciar la ejecución del
cese del personal necesario para llegar a su punto de equilibrio financiero.
Dicho personal no será sujeto del incentivo contemplado en el inciso b) del
artículo 4 de la presente ley.
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