Artículo 9-.
Funciones de la Dirección de Aguas.
La Dirección de
Aguas, es la dependencia del MINAE que por la Ley de Aguas, Ley N° 276, conforme
artículo 17 y al artículo 41 del Reglamento Orgánico del Ministerio de
Ambiente, Energía, Decreto Ejecutivo N° 35669, es responsable de la
administración nacional del recurso hídrico para disponer y resolver sobre su
dominio y aprovechamiento, para lo cual coordina la CTI con el fin de una
gestión sostenible de las aguas subterráneas y administra el SINIGIRH,
plataforma informática de oficialización e integración de información en la materia
y permitir su acceso universal.
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