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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42015 >> Fecha 25/10/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42015 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4-. Acrónimos:

Para los efectos de este Reglamento se utilizarán los siguientes acrónimos:

1. AYA: Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

2. AOP: Actividades, Obras y Proyectos

3. CTI: Comisión Técnica Interinstitucional para la Gestión de Acuíferos, establecida mediante Decreto N° 38449-MINAE-MAG

4. DA: Dirección de Agua, Ministerio de Ambiente y Energía.

5. EIA: Evaluación de Impacto Ambiental

6. EPIK: Metodología para la evaluación de la vulnerabilidad en acuíferos cársticos,

7. DRASTIC: Metodología de evaluación de la vulnerabilidad de acuíferos

8. GOD: Por sus iniciales en inglés: “Groundwater hydraulic confinement, Overlaying Strata, Depth to groundwater table”; Según la versión en español de los manuales de CEPIS – OPS, desarfuncioneslado por los autores Foster e Hirata en el año 2002

9. INVU: Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.

10. INTA: Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria.

11.MAG: Ministerio de Agricultura y Ganadería.

12.MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía

13.MIVAH: Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos.

14. SENARA: Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento.

15. SENASA: Servicio Nacional de Salud Animal.

16. SETENA: Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

17. SFE: Servicio Fitosanitario del Estado

18. SINIGIRH: Sistema Nacional de Información para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico.

19. SNIT: Sistema Nacional de Información Territorial


 

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