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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42037 >> Fecha 08/11/2019 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42037 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de noviembre del año 2019.

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