ARTÍCULO 104- Valoración de propuesta de compromisos y establecimiento
de condiciones
Al valorar las propuestas de compromisos que formulen los agentes
económicos y determinar cuáles son las condiciones necesarias para el caso
específico, el Órgano Superior de la autoridad de competencia correspondiente
deberá considerar que:
a) El objetivo de la imposición de condiciones es mantener el estado de
la competencia en el mercado ante los efectos previsibles de la concentración,
y no mejorar las condiciones de competencia de un mercado previas a la
concentración.
b) Las condiciones deberán estar directamente relacionadas con los
efectos anticompetitivos identificados por el Órgano Superior respectivo para
la concentración específica.
c) De haber más de una alternativa para alcanzar fines similares, deberá
elegirse aquella menos lesiva para los agentes económicos que deba cumplirla.
d) Las condiciones deben ser implementadas de manera rápida y la
verificación de su cumplimiento debe ser viable y eficaz.
e) Las condiciones deben ser efectivas, tomando en cuenta su impacto competitivo,
duración y riesgos en su implementación.
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