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 Normativa >> Ley 9736 >> Fecha 05/09/2019 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9736 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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CAPÍTULO II

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

TRANSITORIO I- La vigencia del periodo de los nombramientos de los actuales comisionados de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) se mantendrá hasta que el nuevo Órgano Superior se encuentre conformado. Ante ausencia permanente de algún comisionado actual de la Comisión para Promover la Competencia, si el nuevo Órgano Superior aún no se encuentra conformado, este podrá ser sustituido mediante los procedimientos previstos en la normativa vigente antes de la publicación de la presente ley, en cuyo caso el nombramiento será por el plazo necesario hasta que se conforme el nuevo Órgano Superior. Los comisionados actuales de la Coprocom podrán participar en el concurso público de selección de los nuevos miembros permanentes o suplentes del Órgano Superior.


 

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