TRANSITORIO V- Todos los casos de denuncias presentadas, los procedimientos
iniciados y las notificaciones de concentración presentadas a la Comisión para Promover
la Competencia (Coprocom) y a la Superintendencia de Telecomunicaciones
(Sutel), antes de la entrada en vigor de la presente ley, se concluirán de
conformidad con las normas que se encontraban vigentes. La reducción y
eliminación de multas y la terminación anticipada podrán ser invocados por el
agente económico objeto de una denuncia o un procedimiento administrativo.
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