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 Normativa >> Ley 9736 >> Fecha 05/09/2019 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 9736 - Articulo 6
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Artículo 6    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO VI- El Consejo de Gobierno, dentro del plazo máximo de nueve meses, a partir de la publicación de la presente ley, deberá haber elevado a conocimiento de la Asamblea Legislativa la designación de los miembros permanentes y suplentes del Órgano Superior de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom).


 

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