ARTÍCULO 22- Emisión de guías
El Órgano Superior de cada autoridad de competencia emitirá guías para promover
la transparencia, predictibilidad y seguridad jurídica en relación con la aplicación,
los trámites y los procedimientos ante dichas autoridades, establecidos en la
presente ley, en la Ley N.° 7472, Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva
del Consumidor, de 20 de diciembre de 1994 y sus reglamentos, y en la Ley N.°
8642, Ley General de Telecomunicaciones, de 4 de junio de 2008 y sus reglamentos,
en lo relativo al régimen sectorial de competencia.
Estas guías orientarán a los agentes económicos sobre el comportamiento
a seguir para el cumplimiento de los fines establecidos en dichas leyes. Estas
guías podrán ser elaboradas de forma conjunta entre las autoridades de
competencia, y deberán ser sometidas a consulta pública, previo a su emisión.
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