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 Normativa >> Ley 9773 >> Fecha 05/11/2019 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 9773 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2- Se deroga el inciso g) del artículo 35 de la Ley N.° 8261, Ley General de la Persona Joven, de 2 de mayo de 2002.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

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