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 Normativa >> Ley 9795 >> Fecha 26/11/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 9795 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4- Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:

1) Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, artículo 8, inciso 24, por doce millones cuatrocientos noventa y ocho mil cincuenta y cinco colones (Ȼ12.498.055,00), o el saldo que exista, destinada a “diseños y estudios del parque de Sierpe, distrito de Sierpe”, a fin de que se utilice para la segunda etapa de mejoras del salón comunal de Sierpe, distrito Sierpe.

2) Se autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

Ley N.° 8627, código presupuestario 203 044 70104 001 2310 3120 234, por cincuenta millones de colones (Ȼ50.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Continuación de cambio de la red de distribución del acueducto de la ciudad de Santa Bárbara”.

  Ley N.° 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 449, por catorce millones novecientos cincuenta y cinco mil veintiocho colones (Ȼ 14.955.028), o el saldo que exista, destinado a “Compra de franja de terreno para habilitar acceso a tanque de almacenamiento de agua y const. de otro tanque. Dist. San Juan”.

  Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 468, por cincuenta millones de colones (Ȼ50.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Mejoramiento del Acued. Munic. del cantón de Sta. Bárbara de Heredia.”

A fin de que se utilicen para mejoramiento del acueducto en general.

3) Se autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

  Ley N.°9065, artículo 4, inciso 59, por un monto de veinte millones de colones (Ȼ20.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de un terreno para un nuevo cementerio municipal en el cantón de Santa Bárbara.

  Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 468, por cincuenta y nueve millones de colones (Ȼ59.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de maquinaria (Vagoneta)”.

  Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 468, por veinticinco millones de colones (Ȼ25.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de maquinaria (Compactadora)”.

  Ley N.° 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 544, por treinta y dos millones de colones (Ȼ32.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de terreno p/const. del salón com. de Zetillal (Asoc. de Des. de Zetillal).

  Ley N.° 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 544, por tres millones de colones (Ȼ3.000.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo multimedia y de sonido (Asoc. De Des. Int. Centro Sta Bárbara). Página : 347

  Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 21, por un monto de veinte millones de colones (Ȼ20.000.000), o el saldo que exista, destinado a “proyecto de instalación de cámaras de seguridad en el distrito central de Santa Bárbara”.

  Ley N.° 9166, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 835, por treinta millones de colones (Ȼ30.000.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de terreno para ampliación de cementerio de Santa Bárbara”.

A fin de que se utilicen para compra de terreno o construcción del edificio de la Casa de la Cultura de Santa Bárbara.

4) Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9632, código presupuestario 232 905 70104 258 280 2310 3120, por un monto de cinco millones cuatrocientos ocho mil quinientos sesenta y cinco colones (Ȼ5.408.565), o el saldo que exista, destinada a “Proyecto de mejoras para salón multiusos de la Asociación de Desarrollo de la Comunidad de Barrio Mena, distrito Buenos Aires”, a fin de que se utilice para la construcción de aceras a favor de la Asociación de Desarrollo Específica del Barrio Mena.

5) Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, código presupuestario 232 905 70104 396 280 2310 3120, por un monto de dos millones setecientos setenta mil seiscientos ochenta y siete colones (Ȼ2.770.687), o el saldo que exista, destinada a “Compra de lote para construir infraestructura comunal de la Asociación de Desarrollo Integral de Río Marzo, distrito Gutiérrez Brown”, a fin de que se utilice para acondicionamiento y enmallado perimetral de lote para construir la infraestructura comunal que requiere la Asociación de Desarrollo Integral de Río Marzo.

6) Se autoriza a la Municipalidad de Moravia para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

  Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 339 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones once mil setecientos ochenta y un colones (Ȼ4.011.781), o el saldo que exista, destinado a “Instalación de malla perimetral y demás arreglos urgentes para seguridad de los niños en el parque el Edén, distrito la Trinidad”.

  Ley N.° 9193, código presupuestario 232 900 70104 342 280 2310 3120, por un monto de seis millones cuatrocientos treinta y dos mil novecientos noventa y un colones (Ȼ6.432.991), o el saldo que exista, destinado a “Construcción segunda planta kiosko San Jerónimo y techado, distrito San Jerónimo”.

  Ley N.° 8562, código presupuestario 232 900 70104 390 280 2310 2220, por un monto de dos millones cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta colones (Ȼ2.480.440), o el saldo que exista, destinado “Para la Asociación de Desarrollo Integral de San Jerónimo de Moravia para la canalización de aguas y construcción de aceras al costado norte del parque de San Jerónimo en el distrito San Jerónimo”.

  Ley N.° 9289, código presupuestario 232 900 70104 331 280 2310 2151, por un monto de cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y nueve colones (Ȼ5.364.559), o el saldo que exista, destinado a “Reparación e instalación de cunetas en la Isla de Moravia, distrito San Vicente”.

  Ley N.° 9411, código presupuestario 232 900 70104 316 280 2310 3421, por un monto de cuatro millones novecientos cuarenta y cuatro mil quinientos veinticuatro colones (Ȼ4.944.524), o el saldo que exista, destinado a “Compra de equipo de cómputo para el Liceo de Moravia, distrito San Vicente”.

  Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 337 280 2310 3310, por un monto de dos millones doscientos noventa y cuatro mil doscientos veintidós colones (Ȼ2.294.222), o el saldo que exista, destinado a “Adquisición e instalación de un mini-gimnasio al aire libre en el parque infantil de Saint Clare, distrito San Vicente”.

  Ley N.° 9411, código presupuestario 232 900 70104 318 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones dieciséis mil trescientos doce colones (Ȼ4.016.312), o el saldo que exista, destinado a “Mejoras a la cancha de fútbol de Los Sitios, distrito Trinidad”.

A fin de que se utilicen para el mejoramiento del sistema eléctrico de la escuela de Platanares, San Jerónimo Moravia.

7) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9632, código presupuestario 232 900 70104 590 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones diecinueve mil ochocientos veintidós colones (Ȼ4.019.822), o el saldo que exista, destinada a “Ampliación de la estructura del gimnasio en la comunidad de Sagrada Familia, distrito San Isidro”, a fin de que se utilice para mejoras en el confinamiento de ruido en dicho gimnasio con mobiliario y equipo.

8) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9632, código presupuestario 232 900 70104 596 280 2310 2151, por un monto de dos millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos dos colones (Ȼ2.233.402), o el saldo que exista, destinada a “Construcción puente en Quebrada, Ruta R329, distrito Platanares”, a fin de que se utilice para compra de mobiliario y equipo para el salón comunal de Villa Argentina.

Rige a partir de su publicación en La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la república, San José,  a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

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