ARTÍCULO 2- Reconversión productiva
Se autoriza al Sistema de Banca para el Desarrollo y a las entidades del
Sistema Financiero Nacional a generar programas especiales de investigación
para la innovación, financiamiento y acompañamiento a micro y pequeñas empresas
que desarrollen proyectos de conservación, reducción, reciclaje, prevención y reconversión
productiva de industrias dedicadas a la fabricación de productos plásticos. Lo
anterior deberá considerar lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N.° 8634,
Ley Sistema de Banca para el Desarrollo, de 26 de abril de 2008.
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