ARTÍCULO 7- Educación para la gestión
En el Programa Nacional de Educación para la Gestión Integral de
Residuos, establecido en el artículo 19 de la Ley de Gestión Integral de
Residuos, Ley N.° 8839, de 24 de junio de 2010, o en cualquier política, plan,
programa de educación relacionado con sostenibilidad o gestión ambiental deberá
integrarse una sección sobre el tema específico de la gestión integral de los
residuos plásticos, con énfasis especial en la sustitución, reducción y
eliminación del plástico de un solo uso.
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