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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42087 >> Fecha 04/12/2019 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42087 - Articulo 22
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Artículo 22    (No vigente*)
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Artículo 22.-Rige a partir de su publicación.

(Así modificada su numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 43476 del 18 de abril de 2022, que lo traspaso del antiguo artículo 20 al 22)

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.


 

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