Buscar:
 Normativa >> Ley 9797 >> Fecha 02/12/2019 >> Articulo 15
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 15     >>
Normativa - Ley 9797 - Articulo 15
Ir al final de los resultados
Artículo 15
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 15- Derecho a la simplificación de trámites de denuncia

Actuando de conformidad con el principio de protección de la integridad y seguridad de la persona denunciante y el respeto a sus derechos humanos, todas las instancias públicas y privadas competentes deberán contar con procedimientos prontos, cumplidos, expeditos y oportunos para tramitar denuncias por discriminación en perjuicio de personas con VIH y sida o sus familiares y personas allegadas.

Ir al inicio de los resultados