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 Normativa >> Ley 9797 >> Fecha 02/12/2019 >> Articulo 20
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Normativa - Ley 9797 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20- Derecho al consentimiento informado

Todas las personas tienen derecho a dar su consentimiento informado en forma objetiva y veraz para la realización de las pruebas de VIH, para la prescripción de tratamientos y medicamentos, y para la aplicación de procedimientos relacionados con la atención integral de su salud y sus efectos secundarios. Este consentimiento deberá constar en el expediente médico y tendrá carácter confidencial.

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