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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42163 >> Fecha 20/01/2020 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42163 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4.- Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República a los veinte días del mes de enero del año dos mil veinte.

 

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