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 Normativa >> Ley 9816 >> Fecha 11/02/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 9816 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO II- El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) contará con un plazo máximo de un año, desde la entrada en vigencia de la presente ley, para emitir su reglamentación.


 

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