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 Normativa >> Ley 9747 - A >> Fecha 23/10/2019 >> Articulo 192
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Normativa - Ley 9747 - A - Articulo 192
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Artículo 192
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Artículo 192- Presunción ante inasistencia a prueba científica. En procesos relativos a pretensiones de filiación, cuando no se pudo verificar la prueba científica a causa de la inasistencia de una de las personas compelida a esos efectos, se tendrá como presunción en su contra aquello que se quería demostrar con la prueba. Lo anterior, salvo que la ausencia se diera por causas de fuerza mayor o caso fortuito.


 

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