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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19623 >> Fecha 10/01/1990 >> Articulo 112
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19623 - Articulo 112
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Artículo 112    (No vigente*)
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112

ARTÖCULO 112.-A falta de disposiciones de este Reglamento, aplicable

a un caso determinado, deber n tenerse como norma supletorias el Estatuto

de Servicio Civil y su Reglamento, el C¢digo de Trabajo, la Ley General de

la Administraci¢n P£blica y dem s leyes y reglamento supletorios y

conexos.

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