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 Normativa >> Resolución 06 >> Fecha 26/03/2020 >> Articulo 26
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Normativa - Resolución 06 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.-Extinción del fideicomiso: Cuando opere alguna de las causas de extinción del fideicomiso, contempladas en el ordenamiento jurídico, hasta tanto no se extinga formalmente y el responsable del suministro de información no registre en el RTBF la fecha en la que se dará por finalizado, subsiste la obligación de presentar la declaración en el RTBF, en caso contrario, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley Nº9416, se aplicará la sanción prevista en el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

A efecto de dejar constancia de la concurrencia de la causal de extinción, el fiduciario deberá rendir una declaración jurada en el RTBF, la cual estará disponible como una funcionalidad en dicho sistema.

(Así adicionado por el artículo 1° de la resolución N° DGT-ICD-R-012-2021 del 26 de febrero de 2021)

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