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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42271 >> Fecha 27/03/2020 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42271 - Articulo 14
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Artículo 14
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ARTÍCULO 14.- Excepción a la moratoria. Se excluyen del beneficio de la moratoria los productos agrícolas y pecuarios clasificados del capítulo 1 al 24 del Sistema Arancelario Centroamericano y se mantendrán los mecanismos establecidos en la normativa nacional, ante un posible desabasto.


 

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