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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42285 >> Fecha 03/04/2020 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42285 - Articulo 9
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Artículo 9
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ARTICULO 9°.- Sanción por incumplimiento. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo será sancionado de conformidad con lo establecido en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley número 9078 del 4 de octubre de 2012, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 26 de octubre de 2012 y sus reformas, sin perjuicio de las sanciones conexas a la persona conductora que infrinja las disposiciones relativas a la restricción.


 

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