Artículo 42.- Modifíquese el Anexo 2 “Procedimiento para la
elaboración del reporte operacional” del Decreto Ejecutivo No.33601-S-MINAE
del 09 de agosto del 2006 “Reglamento de vertido y reuso de aguas residuales”
publicado en el Alcance N°8 a La Gaceta N°55 del 19 de marzo del 2007, para que
en lo sucesivo se lea de conformidad con el Anexo 4 del presente reglamento.
Para la generación y presentación de los Reportes Operacionales de Aguas
Residuales se debe seguir el procedimiento establecido en el Artículo 21 del
presente reglamento.
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