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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42292 >> Fecha 08/04/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42292 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2.- Vigencia. El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los ocho días del mes de abril de dos mil veinte.

 

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