Artículo 9.- Plazo de otorgamiento del subsidio. El Bono Proteger por
el estado de emergencia nacional por el COVID-19 se otorgará de manera mensual
y por un plazo de hasta tres meses a partir del primer depósito, prorrogables
por un periodo igual en caso de ser requerido si se mantienen las
circunstancias que motivaron el otorgamiento del subsidio, siempre y cuando se
cuente con disponibilidad de recursos.
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