Artículo 28.- Traslado de la base de datos. Una vez finalizado
el alcance de los recursos destinados para el otorgamiento de Bonos Proteger,
CONTINUM DATACENTER S.A. y el Instituto Costarricense de Electricidad
trasladarán al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social toda la información y
datos generados mediante los canales tecnológicos necesarios y seguros, para
garantizar su seguridad según la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento
de sus Datos Personales.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deberá tomar las medidas
necesarias para almacenar dicha base de datos en sus servidores.
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