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N° 14345-H
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA,
DECRETAN:
Artículo 1°-Se adiciona la lista de mercancías
exentas contenidas en el inciso a) del artículo 5° del Reglamento de la Ley de
Impuesto General sobre las Ventas, Decreto Ejecutivo N°
14082-H del 29 de noviembre de 1982, con las siguientes mercancías:
Inciso a) Mercancías
Mercancías
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Partida NAUCA
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Plastilina (plasticina) acondicionada para uso de niños
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899-15-09
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Colas y pegamentos de toda clase, en envases de
contenido neto de 250 cc, excepto los preparados a
base de caucho
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599-04-04
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Colores para estudiantes, incluso en cajas con sus
accesorios (témperas)
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533-03
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