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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42348 >> Fecha 14/05/2020 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42348 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4°.- Reforma al artículo 7°. Refórmese el párrafo final del artículo 7° del Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, a efectos de que se consigne lo siguiente:

ARTÍCULO 7°.- Demostración para la aplicación de la excepción.

(…)

Para los casos de personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento de respaldo sobre sus labores -los datos posibles enumerados en el párrafo anterior- o actividad ejercida que justifique su movilización en franja horaria establecida en el artículo 3° y/o el artículo 4°, según las excepciones dispuestas en el artículo 5°.


 

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