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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42348 >> Fecha 14/05/2020 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42348 - Articulo 7
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Artículo 7
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ARTÍCULO 7°.- Vigencia.

El presente Decreto Ejecutivo rige a partir su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los catorce días del mes de mayo de dos mil veinte.

 

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