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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42369 >> Fecha 28/05/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42369 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°.- Las dependencias del sector público y del sector privado, así como las organizaciones no gubernamentales y los organismos internacionales, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos materiales, económicos y humanos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la realización del proyecto de investigación colaborativo titulado “Desarrollo, producción y evaluación clínica de preparaciones farmacéuticas de inmunoglobulinas anti SARS-CoV-2 para el tratamiento de pacientes con COVID-19.

Las instituciones de la Administración Pública Centralizada colaborarán, dentro del ámbito de sus potestades y en la medida de sus posibilidades, para que las acciones de su competencia relacionadas con el proyecto referido se efectúen de manera diligente, eficaz y eficiente, con ocasión de la presente Declaratoria.

Se insta a las instituciones de la Administración Pública Descentralizada a colaborar, dentro del ámbito de sus potestades y en la medida de sus posibilidades, para que las acciones de su competencia relacionadas con el proyecto referido se efectúen de manera diligente, eficaz y eficiente, con ocasión de la presente Declaratoria.


 

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