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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42377 >> Fecha 13/05/2020 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42377 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.- La solicitud para el reconocimiento como instituciones de educación superior parauniversitaria, deberá estar acompañada de la solicitud de autorización de al menos una carrera de diplomado, las que deberán ser resueltas de forma simultánea. Esta solicitud debe ser presentada ante la Secretaría General del Consejo Superior de Educación debidamente firmada por el representante legal de la entidad o persona jurídica interesada; por escrito y con estricta sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, quien será responsable en última instancia ante el Consejo Superior de Educación y ante los estudiantes, por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 6541 del 19 de noviembre de 1980 y el presente Reglamento. En caso de no ser presentada personalmente, la solicitud deberá venir autenticada por un notario público.


 

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