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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42377 >> Fecha 13/05/2020 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42377 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.- El Presidente del Consejo Directivo será nombrado en el seno del mismo consejo por el término de un año y tomará posesión de su cargo el primer día del mes siguiente a su elección. El Presidente podrá ser reelecto.


 

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