ARTÍCULO 11°.- Vigencia.
El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 10:00 horas del
sábado 20 de junio de 2020 y hasta las 05:00 horas del lunes 22 de junio de
2020, inclusive.
Dado en la Presidencia de la República, San José a los diecinueve días
del mes de junio de os mil veinte.
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