ARTÍCULO 5°.-Coordinación con otras autoridades públicas. Para el cumplimiento
de lo dispuesto en este Decreto Ejecutivo, el Ministerio de Salud coordinará el
apoyo correspondiente con los cuerpos policiales, el Sistema de Emergencias
9-1-1 y otras autoridades públicas según se requiera, a efectos de asegurar el
objetivo de la presente medida.
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