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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42421 >> Fecha 25/06/2020 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42421 - Articulo 7
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Artículo 7
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ARTÍCULO 7°.-Sanción por incumplimiento. El incumplimiento de la medida contenida en el presente Decreto Ejecutivo por parte de las personas indicadas en el artícuio 2°, será sancionado de conformidad con lo establecido en la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973, sin perjuicio de las sanciones conexas a la persona que infrinja las disposiciones relativas a la presente medida.

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