Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42392 >> Fecha 25/05/2020 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 42392 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 5º—A partir de la presente declaración de emergencia para prevenir el ingreso y para evitar la diseminación de la marchitez por Fusarium raza 4 tropical es obligatorio para productores, importadores o comercializadores, realizar sus procesos de producir, procesar, importar o exportar las musáceas en su zona de producción y se prohíbe el traslado de material reproductivo de zonas con presencia de la enfermedad hacia zonas libres. El Servicio Fitosanitario del Estado se encargará de disponer y ejecutar las medidas técnicas necesarias para verificar el cumplimiento de esta norma.


 

Ir al inicio de los resultados