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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42456 >> Fecha 10/07/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42456 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3°.- Adición del Transitorio VI para la adaptación temporal de la regualción horaria durante los días sábado y domingo.

Adiciónese Transitorio VI al Decreto Ejecutivo número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020, a efectos de que se consigne lo siguiente:

TRANSITORIO VI.- Durante los días sábado 11 de julio, domingo 12 de julio, sábado 18 y domingo 19 de 2020, inclusive, la regulación horaria de la restricción vehicular nocturna establecida en el párrafo segundo del artículo 3° del presente Decreto Ejecutivo será en el período comprendido entre las 17:00 horas y las 04:59 horas, en los términos establecidos por dicho artículo. Para los efectos correspondientes, los demás artículos del presente Decreto Ejecutivo deberán aplicarse bajo la franja horaria temporal comprendida entre las 17:00 horas y las 04:59 horas, durante las fechas establecidas en este transitorio.


 

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